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Análisis de fórmulas de evaluación de criterio precio en AAPP
2 DIC, 2019 • 3 min
La Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP) pretende impulsar la calidad en la contratación pública. Para ello la LCSP establece como objetivos principales: la transparencia, la calidad y eficiencia (mejor relación calidad-precio y uso de criterios de adjudicación robustos y completos), la eficacia (simplificación de los trámites, menor burocracia para los licitadores, mejor acceso para las PYMES, mayor rigor en la anormalidad) y la acción política (posibilidad de aplicar políticas públicas democráticamente legitimadas). En definitiva, la adjudicación de los contratos debe basarse en criterios objetivos que garanticen el respeto de los principios de transparencia, no discriminación e igualdad de trato con el fin de posibilitar una comparación objetiva del valor relativo de los licitadores que permita determinar, en condiciones de competencia efectiva, qué oferta es la oferta económicamente más ventajosa.
A este respecto cabe decir –con datos de la CNMC de 2015– que la contratación pública supone cerca del 20% de PIB y se estima que la ausencia de presión concurrencial (sic) puede originar desviaciones medias, al alza, del 25% del presupuesto de la contratación pública. En España, a nivel agregado, esto podría implicar hasta un 4,6% del PIB anual, aproximadamente 47.500 millones de euros/año. Debe quedar claro en todo caso que –contrariamente a mensajes de cariz populista– la ausencia de presión concurrencial no equivale ni es sinónimo de corrupción dolosa sino más bien de falta de eficacia.
La LCSP para mejorar la eficiencia económica
La LCSP contempla criterios de adjudicación con aspectos cualitativos, medioambientales, sociales e innovadores vinculados al objeto del contrato lo que implica que el precio no es ni mucho menos criterio único para la adjudicación, que, con el fin de mejorar la eficiencia económica, incorpora el concepto de relación calidad-precio. Dicho lo anterior a nadie se le escapa la importancia del precio como criterio, ineludible, en la valoración de la oferta económicamente más ventajosa y por tanto la importancia que adquiere el mecanismo objetivo de valoración del mismo que se sustancia en una fórmula matemática más o menos compleja que en todo caso ha de ser convenientemente justificada. De hecho, son abundantísimas las resoluciones y acuerdos dictados por los tribunales dónde se declara a las ante dichas fórmulas contrarias a los principios de igualdad y de trato no discriminatorio y por tanto se califican de nulas.
Comoquiera que aún existe controversia y discusión sobre qué fórmulas pueden emplearse en la valoración del precio, nos encontramos en un escenario de cierta confusión e incertidumbre, cuando no de un exceso de discrecionalidad en el mejor de los casos, o incluso de cierta aleatoriedad.
En el trabajo que se presenta a continuación se han censado muchas fórmulas que hemos ido encontrando en documentos base de contratación de los últimos años. Se ha buscado establecer una serie de criterios matemáticos básicos que han de cumplir las fórmulas en cuestión (no económicos, ni relacionados con la naturaleza de la licitación); se ha homogenizado la notación y formulación al objeto de que se puedan comparar expresiones diversas. Las fórmulas se clasifican en lineales, multilineales, paramétricas, progresivas y no lineales. Para cada una de ellas se incluye un ejemplo de aplicación (y comparación) así como una formulación normalizada. Por fin se incluyen algunos comentaros sobre la metodología de ayuda de soporte a la decisión que en su momento usó la Administración, y anexos sobre normalización de evaluaciones, y sobre métodos de deducción de las fórmulas en base a diferentes definiciones del esfuerzo de licitación, y en base al comportamiento de las relaciones de diferencias puntación-precio.
En ningún caso se entra en el análisis crítico de las diferentes fórmulas siendo el objetivo de este listado el mostrar a los interesados de forma ordenada y sistemática los abundantes métodos de evaluación existentes del criterio precio.
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